Alquiler del local y los modelos 115 y 180

El alquiler de un local afecto a la actividad entra al 100% en el IRPF y al 100% en el IVA, y alimenta los modelos 115 y 180. La vivienda habitual sigue otras fórmulas.

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Cómo se trata el local

En el local de la actividad el alquiler es gasto de IRPF al 100% y el IVA entra al 100%. Esos importes alimentan los modelos 115 y 180. No uses aquí el porcentaje de la vivienda ni el 30% de los suministros de casa. Tú confirmas el registro. La propuesta de la categoría no es un dictamen ni sustituye a la gestoría. Con las facturas y los gastos, la app calcula el 303 y el 130 y puede generar el fichero BOE para importarlo. Presentar la autoliquidación lo haces tú o tu gestoría.

  • IRPF: 100%.
  • IVA: 100%.
  • Alimenta los modelos 115 y 180.

La casa es otra regla

La vivienda habitual no usa esta regla del local. Los suministros están en suministros de la vivienda, el alquiler si eres inquilino en alquiler de la vivienda y la comunidad, el IBI y las reparaciones en gastos de titularidad.

Preguntas frecuentes

¿El alquiler del local deduce IVA?

En el local de la actividad el IRPF es el 100% y el IVA es el 100%. Además alimenta los modelos 115 y 180.

¿Puedo usar el porcentaje de la vivienda en el local?

El local va al 100% de IRPF y al 100% de IVA. El porcentaje de uso exclusivo y el 30% son de la vivienda habitual.

Fuentes oficiales

Texto informativo revisado el 26 de septiembre de 2026. No es asesoramiento fiscal ni sustituye la consulta a la Agencia Tributaria o a tu gestoría. Plazos, tipos y modelos pueden cambiar.