Factura recapitulativa

Varias operaciones con el mismo cliente empresario, dentro de un mes natural, pueden ir en una sola factura. Se expide antes del día 16 del mes siguiente. Es una factura, no un presupuesto.

5 min de lectura

Qué se puede agrupar

El Real Decreto 1619/2012 permite reunir en una factura las operaciones realizadas para un mismo destinatario, cuando ese destinatario es empresario o profesional, a lo largo de un mes natural. La expedición llega como tarde antes del día 16 del mes siguiente. Cada operación tiene que poder identificarse. Un presupuesto o un albarán no ocupan ese lugar.

  • Mismo cliente empresario o profesional.
  • Operaciones de un mismo mes natural.
  • Expedición antes del día 16 del mes siguiente.

Una factura, no un borrador

En Factura Fácil esa recapitulativa es una factura emitida, con su número. No es un presupuesto que luego se convierte solo. Si agrupas varias entregas o servicios del mes, descríbelos en las líneas para que la operación se identifique.

Preguntas frecuentes

¿Sirve con un particular?

La recapitulativa de este plazo está pensada para operaciones con un empresario o profesional. Con un particular, la factura acompaña a cada operación.

¿Sustituye a un presupuesto?

No. Es una factura de verdad, con número y con IVA si la operación lo lleva. El presupuesto no la reemplaza.

Fuentes oficiales

Texto informativo revisado el 26 de septiembre de 2026. No es asesoramiento fiscal ni sustituye la consulta a la Agencia Tributaria o a tu gestoría. Plazos, tipos y modelos pueden cambiar.