El alta censal va antes de empezar
La Agencia Tributaria pide la declaración de alta en el censo antes de iniciar la actividad. No es un trámite para cuando ya has facturado el primer trabajo.
Antes de iniciar la actividad
El alta censal se presenta antes del inicio. Si esperas a la primera factura, la fecha ya va tarde respecto de lo que la Agencia Tributaria entiende por empezar. El modelo es el 036 o, si tu caso cabe, el 037.
- El censo se presenta antes de empezar.
- Modelo 036 o, si cabe, 037.
- La primera factura no sustituye al alta.
Qué cuenta como inicio
La actividad empieza cuando entregas bienes, prestas servicios, compras, cobras, pagas o contratas personal para esa actividad. No hace falta haber cobrado al cliente. Una compra o un pago ligados a la actividad ya pueden ser el inicio.
Preguntas frecuentes
¿Puedo darme de alta el mismo día que facturo?
El alta censal tiene que estar presentada antes de iniciar la actividad. Facturar, comprar, cobrar, pagar o contratar para esa actividad ya es empezarla.
¿Contratar a alguien cuenta como inicio?
Sí, si contratas personal para esa actividad. También cuentan entregar bienes, prestar servicios, comprar, cobrar o pagar por ella.
Fuentes oficiales
Texto informativo revisado el 26 de septiembre de 2026. No es asesoramiento fiscal ni sustituye la consulta a la Agencia Tributaria o a tu gestoría. Plazos, tipos y modelos pueden cambiar.
