Qué es una autofactura
Una autofactura la expide el destinatario, no el proveedor, en los casos en que el reglamento lo permite y con el acuerdo de quien realiza la operación. No es la factura que tú envías a un cliente en el curso normal.
Quién la expide
El Real Decreto 1619/2012 permite que, en supuestos autorizados y previo acuerdo, sea el destinatario quien expida la factura. El proveedor sigue siendo quien realiza la operación. La autofactura no sustituye el encargo de facturar cuando la ley te obliga a ti a expedirla. Llamar autofactura a la factura que mandas a un cliente confunde los dos papeles.
- La expide el cliente, no el proveedor.
- Hace falta un caso permitido y el acuerdo de quien opera.
- No es la factura ordinaria que envías tú.
La factura que envías tú
Factura Fácil sirve para la factura que tú emites hacia el cliente. No prepares aquí el documento que corresponde expedir al destinatario en tu nombre. La factura normal, con tu serie, sigue siendo la tuya.
Preguntas frecuentes
¿Puedo llamar autofactura a la que mando yo?
No. Si la emites tú hacia el cliente, es tu factura. La autofactura la expide el destinatario, en los casos permitidos y con acuerdo.
¿Hace falta el acuerdo del proveedor?
Sí. Sin el acuerdo de quien realiza la operación, el destinatario no puede sustituirle en la expedición.
Fuentes oficiales
Texto informativo revisado el 26 de septiembre de 2026. No es asesoramiento fiscal ni sustituye la consulta a la Agencia Tributaria o a tu gestoría. Plazos, tipos y modelos pueden cambiar.
